ARBA: nuevos Agentes de Recaudación
Deberán inscribirse hasta el 31/01/2021 los nuevos agentes de recaudación de la provincia de Buenos Aires
De acuerdo a lo establecido en el art. 331 de la DN B 1/2001, deberán inscribirse hasta el 31/01/2021 los nuevos agentes de recaudación de la provincia de Buenos Aires, debiendo comenzar a actuar como tales a partir del 01/03/2021.
Recordamos que a la fecha no se han actualizado los parámetros de ingresos para ser agentes de recaudación, continúan los establecidos por la RN (ARBA BS. AS.) 9/2020 de 03/2020.
Los mismos son:
- para agentes de percepción y de retención general, las empresas que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a $ 110.000.000;
- para aquellos contribuyentes que realizan como actividad principal el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo $ 165.000.000 ;
- Agentes de percepción en las operaciones de venta de cosas muebles, comprendidas en alguno de los códigos del Nomenclador de Actividades detallados en el mencionado art. $ 55.000.000.
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