Impuesto a los Débitos y Créditos
hace 1 segundo
Recordamos el cómputo a tomar
Recordamos el porcentaje sobre débitos y créditos en cuentas bancarias computables para impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta y Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas:\r\n\r\nAlícuota al 6 ó 12 por mil 33% sobre débitos y créditos\r\n\r\nAlícuota menores 20% sobre débitos y créditos
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