Impuesto a los Débitos y Créditos

hace 1 segundo

Recordamos el cómputo a tomar

Recordamos el porcentaje sobre débitos y créditos en cuentas bancarias computables para impuesto a las Ganancias y Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas:



Alícuota al 6 ó 12 por mil 33% sobre débitos y créditos



Alícuota menores 20% sobre débitos y créditos

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