Procedimiento simplificado para personas humanas en Ganancias

hace 1 segundo

Impuesto Cedular para el Impuesto a las Ganancias

La Resolución 4488/2019 AFIP (B.O. 20/05/2019) establece para las personas humanas un procedimiento simplificado que podrán optar por utilizar, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:\r\n\r\na) Los rendimientos o resultados brutos totales que hubieran obtenido durante el período fiscal que se declara, resulten iguales o inferiores a $ 200.000.-, y\r\nb) no se encuentren inscriptos en dicho impuesto cedular.\r\n\r\n¿Cómo es el procedimiento simplificado?\r\nPara realizar el trámite hay que generar un VEP ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” y seleccionando en el campo Grupo de Tipo de Pagos la opción “Cedulares – Rendición o Enajenación Valores o Depósitos a Plazo”, y en Tipo de Pago, “Cedulares - Valores o Depósitos - Pago único. (F.2121)”.\r\nEntre otros datos requeridos, se deberá declarar la cantidad de operaciones y el total del resultado neto del rendimiento por titular en moneda nacional (alcanzados por la alícuota del 5%) y en moneda nacional con cláusula de ajuste y/o moneda extranjera (alícuota del 15%)

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